13
Feb
Artículo 25. Vivienda.
Para favorecer el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada, los poderes públicos están obligados a la promoción pública de la vivienda. La ley regulará el acceso a la misma en condiciones de igualdad, así como las ayudas que lo faciliten.
Definitivamente los políticos están muy aburridos, ¿es necesario gastar el dinero de montar un referéndum para escribir las mismas buenas intenciones de siempre?, ¿Habrá menos malayos y menos especulación?, soluciones señores políticos y dedíquesen a gobernar. Más noes.
Etiquetas: Actualidad, estatuto, politicos
No hay comentarios todavía, estrénalos tú.
Rellena el siguiente formulario para realizar un comentario, si eres un spambot me c... en tu..
Los campos con asterisco son obligatorios.